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Aprobada la convocatoria de Sexenios por el BOE

Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora.

Esta resolución fue publicada el 5 de enero de 2023, en el número 4 del BOE, Sección III. En esta publicación se fecha, oficialmente, la presentación de solicitudes, siendo ésta la siguiente:

  • 16 enero 2023 al 06 febrero 2023.

Entre otras aclaraciones, nombran las siguientes:

  • Los formularios y anexos serán cumplimentados y enviados por vía telemática a través de la sede electrónica de ANECA: https://aneca.sede.gob.es/.
  • Las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación, que estará disponible de la sede electrónica de ANECA:
  1. Impreso de solicitud generado y firmado por el/la solicitante.

  2. Currículo que se genera al cumplimentar la solicitud con las cinco aportaciones que la persona interesada quiera someter a evaluación.

  3. Se entenderá por «aportación» cualquier unidad clasificable en alguno de los criterios de evaluación a que se remite el apartado 6 de la presente convocatoria. Cada aportación deberá incluir:

    1. Los datos que sean necesarios para su localización e identificación.
    2. El archivo en formato PDF justificativo de dicha aportación.
    3. El «DOI» (Digital Object Identifier) en el caso de que la aportación disponga de él.
  4. «Curriculum vitae» normalizado (se recomienda el modelo de la FECYT), que incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación.

  5. Hoja de servicios original actualizada que incluya el período cuya evaluación se solicita, en la que conste el régimen de dedicación de la persona solicitante durante dicho período. La hoja de servicios deberá ser de fecha posterior al día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

  6. Si la investigación se ha realizado en un centro que no figura en la «Hoja de servicios», deberá adjuntarse una copia de los contratos, nombramientos, credenciales de becaria o becario o documentos fehacientes similares, y que incluyan el periodo de tiempo y el régimen de dedicación. Deberá en todo caso tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación.

 

  • El plazo de resolución será de seis meses desde la presentación de la solicitud

Para más información: https://www.boe.es/boe/dias/2023/01/05/pdfs/BOE-A-2023-351.pdf

 

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